02

Oct

2012

Revocación y democracia en una sociedad justa

Toda revocatoria de autoridades electas presupone un poder revocador. Este, a su vez, requiere de una fuente generadora, de la determinación de un titular y de legitimidad de ejercicio. La fuente normativa es la revocatoria, en dos sentidos: reconociendo al Estado peruano como democrático y  creando instrumentos de democracia directa, como el proceso político de […]

Por Luis Castillo Córdova. 02 octubre, 2012.

Toda revocatoria de autoridades electas presupone un poder revocador. Este, a su vez, requiere de una fuente generadora, de la determinación de un titular y de legitimidad de ejercicio. La fuente normativa es la revocatoria, en dos sentidos: reconociendo al Estado peruano como democrático y  creando instrumentos de democracia directa, como el proceso político de revocación.

Esta indisoluble vinculación a la Democracia define al titular del poder revocador. A diferencia de la anulación, la revocación es un acto que realiza quien emitió la decisión misma. El titular del poder revocador es quien tiene el poder de elección: la ciudadanía; así, la revocación es un instrumento de democracia directa y busca dejar sin efecto la elección de alguna autoridad.

La revocatoria será legítima si se ajusta a las exigencias de razonabilidad que brotan de su naturaleza. Así, es razonable que: intervenga en la revocación solo quien participó en el proceso de elección de la autoridad a revocar;  la decisión deba tomarse de acuerdo a una mayoría calificada de votos;  no se aplique ni en el primero ni el último año de mandato de la autoridad a revocar; y, es razonable también que el inicio del proceso de revocación requiera de justificación aunque no de acreditación.

Si la revocatoria la ejerce razonablemente el titular de la misma, amparado por un mandato constitucional, se genera un perfeccionamiento de la Democracia, pues esta se salva cuando tiene canales para corregir decisiones incorrectas. Y,  genera una decisión que necesariamente vincula a toda la ciudadanía: revocar o no revocar, tan legítimas como la decisión de elegir, se convierten así en vinculantes. Quien no cumple con el resultado de un ejercicio legítimo del poder revocador, incurre en un manifiesto acto contra la Democracia y, consecuentemente, en un acto de injusticia: censurable políticamente, sancionable penalmente y, sobre todo, reprochable moralmente. Y es que no hay Democracia sin Justicia, y no hay Justicia al margen de la moral.

 

Docente

Facultad de Derecho

Universidad de Piura.

Artículo publicado en El Comercio de Piura, sábado 29 de setiembre de 2012

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